Lucíagranada, no hay legislación específica sobre la huelga en los centros educativos, aunque parezca mentira -peeeeeero, puedo estar equivocado

-. Lo único que hay son documentos menores (circulares, resoluciones) redactados aceleradamente para salir del paso. En estos documentos, enviados a las direcciones de los centros directamente, no se menciona nada sobre si un profesor de guardia debe entrar en clase para sustituir a un compañero en huelga. Eso sí: se dice miridianamente cuánto se le va a descontar de sueldo, cómo ha de meter los datos del huelguista inmediatemente el director en Séneca... Y que como servicios mínimos debe permanecer un componente del equipo directivo. Aparte de eso, ná de ná.
Por el respeto que debo a un compañero en huelga, jamás he entrado en clase de ninguno. Tampoco ningún compañero ha entrado en mi clase cuando yo he hecho huelga. Tampoco mi director ha obligado a nadie a meterse en clase de nadie... Así que tienes directivos muy jetas. Yo, en tu caso, la próxima vez que me mandara el director a menterme en clase de un huelguista, le pediría la orden por escrito y enviaría una copia a los servicios jurídicos de Apia.
Saludos.