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Autor Tema: Gazpacho Legislativo  (Leído 2969 veces)
Profesor Insipiente
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Mensajes: 1107


« en: 30 de Agosto de 2007, 19:39:12 »

.   Hola a todos.

.   Por si andáis un poco despistadillos tras la vacaciones, ahí va lo último que hemos de merendarnos en legislación:

*ORDEN de 18 de julio de 2007, por la que se regula el procedimiento para la elaboración y aprobación del plan de convivencia de los centros educativos sostenidos con fondos públicos (BOJA)

*DECRETO 231/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación secundaria obligatoria en Andalucía.

*RESOLUCIÓN de 31 de julio de 2007, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se desarrollan determinados aspectos de la Orden que se cita, por la que se regulan las pruebas de la Evaluación de Diagnóstico y se establece el procedimiento de aplicación en los centros docentes de Andalucía sostenidos con fondos públicos.  (BOJA núm. 161, 16 de agosto 2007).

*ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía.

* ORDEN de 10 de agosto de 2007, por la que se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de educación secundaria obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía. (23 de agosto 2007 BOJA núm. 166).

.   Yo estoy en plena ingestión y digestión de todo esto. El bicarbonato es necesario. Con lo que llevo tragado puedo deciros varios apuntes:

1. Que se preparen los departamentos de lengua y matemáticas porque les van a caer de nuevo las pruebas de diagnóstico. Y todos los demás por la cantidad de informes, reuniones, contrainformes y contrarreunioes que han de realizar.

2. Hay que realizar pruebas iniciales (todos los departamentos), corregirlas, sacar conclusiones que han de incorporarse al Plan de Centro. Y hacer una reunión de evaluación extraordinaria sólo para ellas.

3. Más nos vale aprobar a todo el mundo en todas las evaluaciones porque hay que hacer un plan individualizado adaptado a cada alumno tan pronto como se detecten dificultades de aprendizaje, con su plan de seguimiento.

4. Hay nuevos modelos burocráticos de actas, informes, expedientes académicos... Es increible, pero diciendo la ley que el número máximo de alumnos por aula será de 30, esos documentos vienen, todos, con una tabla de 35 filas numeradas del 1 al 35... (¿será que algunos alumnos, durante el curso adquirirán la competencia curricurar de reproducirse por gemación o bipartición?)

5. Tan sólo creo haber leído en una ocasión la expresión "esfuerzo" referida a los alumnos. En cambio las alusiones a que el profesorado - con la actualización de su formación (que la administración le brindará), interminables horas de trabajo improductivo (elaboración de informes, reuniones sin fin con orientadores, equipo docente, padres, asociaciones de alumnos...)-, ha de garantizar el éxito en la promoción y titulación de todos los alumnos, es asfixiante.

6. Los libros de texto han de estar decididos para el 5 de septiembre, y no para el 15, como se nos dijo antes de irnos de vacaciones. Eso es literalmente imposible, con reunión de Consejo Escolar incluido.

7. El primer trimestre va a ser de aúpa: haremos de todo menos enseñar a los niños.

.   En fin, estoy mareado. No quiero dejar en el tintero que no estaría nada mal que hiciésemos el esfuerzo todos de actualizarnos en temas legislativos. Así podremos defendernos con conocimiento de causa. También me gustaría que, en caso de que tengáis nuevas noticias de tipo legal, las comunicárais en el foro para mantenernos actualizados. Creo, también, que es importante no dejar de lado la legislación de ámbito estatal, pues a veces entra en contradicción con la Andaluza, y otras avisa de lo que está por venir (por ejemplo, la diversificación ¿tendrá en tercero 8 horas en cada ámbito, y siete en cuarto?).

Saludos y siento contribuir a la depresión postvacacional.
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http://********/
belemin
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Mensajes: 21


« Respuesta #1 en: 30 de Agosto de 2007, 20:05:04 »

Hola.

Quisiera añadir que a la 10 de agosto de 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria  en Andalucía, aparecida en el BOJA de hoy, 30 de julio, se le deberá añadir otra orden que desarrolle el Decreto 231/2007,
de 31 de julio,  que, según la orden citada más arriba dice que En el artículo 5.2 dispone que los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación correspondientes a esta etapa educativa serán regulados por Orden de la Consejería competente en materia de educación.

Esto yo lo entiendo como que otra Orden desarrollará lo que no viene en la que ha aparecido hoy, es decir, el meollo de cada asignatura, que aún no ha aparecido (corregidme si alguien está más al tanto del tema).

Lo dicho, habrá que reciclarse estudiando Derecho en las horas que dejen libres el rellenado de papeleo.
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Profesor Insipiente
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Mensajes: 1107


« Respuesta #2 en: 30 de Agosto de 2007, 20:38:43 »

.  Hola, belemin. Los contenidos de cada materia están publicados.

En la ORDEN de 10 de agosto de 2007 por la que se desarrolla el currículo de la ESO en Andalucía aparece:

1. Las competencias básicas de la Educación Secundaria Obligatoria son las establecidas en el Anexo I del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la educación secundaria obligatoria, y en el artículo 6.2 del Decreto 231/2007, de 31 de julio.
2. Los objetivos, contenidos, y criterios de evaluación para cada una de las materias de la educación secundaria obligatoria son los establecidos en el Anexo II del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre y en el Anexo I de la presente Orden en el que se establecen las enseñanzas que son propias de la Comunidad Autónoma.
.

.   Es decir, tienes que irte a ese Real Decreto 1631 y, al final, viene el tocho con el desarrollo de todas las materias.  El artículo 6.2 del Decreto 231 lo que hace es remitirte al Real Decreto. Finalmente, la Orden reciente, en su anexo, lo que hace es meter la temática andaluza y unas cuantas divagaciones y obsesiones propias de nuestra Consejería. Siento no ponerte los enlaces directamente pero es que no sé hacerlo.

.   Espero no liarte más con este galimatías. Me viene a la cabeza eso de "La parte contratante de la primera parte será considerada como la parte contratante de la primera parte" de los fabulosos hermanos Marx.

Saludos
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http://********/
Profesor Insipiente
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« Respuesta #3 en: 30 de Agosto de 2007, 22:37:46 »

.   Belemin, se me olvidó otra reseña legislativa:

¡¡SOLO PARA TERROTORIO MEC!!
*ORDEN ECI/2220/2007, de 12 de julio, por la que se establece el currículo y se regula la ordenación de la Educación secundaria obligatoria. (BOE núm. 174, sab 21 jul).
.   Lo interesante de esa orden es que se dice  literalmente "4. De acuerdo con el artículo 157.1.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el número máximo de alumnos por aula será de 30 para la Educación secundaria obligatoria". Así que la Junta cada vez que nos mete hasta 33 está incumpliendo manifiestamene la propia Ley.
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belemin
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« Respuesta #4 en: 31 de Agosto de 2007, 08:53:16 »

Ya. Conocía el RD, pero creía que estaba pendiente la publicación en Andalucía.

O sea, que esta vez  la CECJA no publica sus propios contenidos, como en el famoso Decreto 148/2002, y remite siempre al RD. Mejor así, menos galimatías.

Muchas gracias por tus aclaraciones, Profesor insipiente (lo de la ratio, ya se sabe, en una ley siempre hay declaración de intenciones -que luego no se cumplen-).
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Egomet
Visitante
« Respuesta #5 en: 31 de Agosto de 2007, 13:30:28 »

Hola.

Quisiera haceros una pregunta: ¿Sirve de referente el Decreto de Enseñanzas para la ESO que está publicado en el BOE de 5 de Enero de 2007? Es que, si se compara con lo que ha sacado la Junta para la asignatura de Lengua, que es la mía, no tienen ni punto de comparación. En el currículo del ministerio hay contenidos, y en el de la junta, payasadas.

Saludos.
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belemin
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Mensajes: 21


« Respuesta #6 en: 31 de Agosto de 2007, 18:16:18 »

Las contradicciones son evidentes en algunos casos. Por ejemplo, sobre lo que has mencionado de los horarios de diversificación en 3º, en las Instrucciones del 31 de mayo de 2007 sobre la organización del curso escolar 2007- 08.

http://www.juntadeandalucia.es/averroes/planes_estudios/eso/1180602098110_instrucciones_secundaria.pdf

dice literalmente, en la instrucción quinta, punto 4, sección a): Ámbitos sociolingüístico y científico-técnico específicos: doce horas semanales entre los dos, procurando que exista el mayor equilibrio posible entre el número de horas semanales dedicadas a cada ámbito.

¿Se quedan en 6 horas los ámbitos en 3º en lugar de las 8 del RD?

En cuanto empiecen a recibir llamadas en las delegaciones en la primera semana del curso redactan otras instrucciones por el estilo, porque la avalancha de consultas se prevé bestial.
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Profesor Insipiente
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Mensajes: 1107


« Respuesta #7 en: 31 de Agosto de 2007, 19:01:52 »

.   Hola, Egomet.
El decreto a que te refieres creo que es el Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria. BOE nº 5 de 5 de enero de 2007. Pero es de aplicación !!SOLO EN TERRITORIO MEC¡¡. Así que debemos basarnos en el Anexo I del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la ESO.
Yo mismo he cometido el error de confundir lo que es legislación del Mec aplicable a Todo el Estado y lo que es aplicable Sólo a los centros gestionados Directamente por el mec. Por ello he vuelto a editar mis mensajes anteriores y corregirlos.

.   Hola de nuevo, belemin.
En relación con lo anterior, lo de las 8 horas de los ámbitos, creo que, de momento, sólo es aplicable en los centros gestionados directamente por territorio Mec. Y no aparece mención al número de horas en el RD1631/2006, de 29 de dic. Por tanto, en Andalucía, mientras no nos digan lo contrario, son, efectivamente, 12 horas para los dos ámbitos en su conjunto.
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Profesor Insipiente
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« Respuesta #8 en: 31 de Agosto de 2007, 22:15:11 »

Hola de nuevo.

.   En la página de ADIDE-Andalucía (Asociación de Inspectores), se puede encontrar toda la normativa vigente para Andalucía, agrupada por contenidos:     http://www.adide-andalucia.org/nnorma.html
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Francisco Sianes
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Mensajes: 351


« Respuesta #9 en: 03 de Septiembre de 2007, 13:10:49 »

Profesor Insipiente,

¿Ha cambiado la legislación -en lo referente a objetivos, contenidos y criterios de evaluación- para el Bachillerato?

Ando batiendo el gazpacho legislativo consejeril y me pregunto si habrán sobrado tomates para lanzárselos a quien corresponda.

Un cordial saludo.
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Profesor Insipiente
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Mensajes: 1107


« Respuesta #10 en: 03 de Septiembre de 2007, 22:32:59 »

Hola, Francisco.

.   Lo último en novedades legislativas, hasta donde yo sé -puedo equivocarme- afecta sólo a la ESO. Por tanto en bachillerato debería estar vigente el currículo que aprobó la Junta en el:
*Decreto 208/2002 , de 23 de julio, por el que se modifica el Decreto 126/1994, de 7 de junio, por el que se establecen las enseñanzas correspondientes al Bachillerato en Andalucía.

Este decreto contiene un anexo con los contenidos, obejtivos, etc., por materia -la primera materia que aparece es Lengua castellana y Literatura-. Lo lanzó la Junta obligada por las modificaciones que introdujo Pilar del Castillo en el
*Real Decreto 3474/2000, de 29 de diciembre, por el que se establece la estructura del Bachillerato.

No sé, si algún forero tiene información más acertada, le rogaría que la aportase.

Saludos, Francisco. Saludos a todos.
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Francisco Sianes
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Mensajes: 351


« Respuesta #11 en: 05 de Septiembre de 2007, 10:19:06 »

Muchas gracias, Profesor Insipiente. Seguiré con mis entretenidas lecturas legislativas.

Stendhal leía el Código Civil antes de ponerse a escribir obras maestras. ¿Qué no saldrá de mis lecturas?
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mateo
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Mensajes: 186


« Respuesta #12 en: 06 de Septiembre de 2007, 08:25:22 »

Según la orden sobre evaluación del 23 de agosto, que entró en vigor al día siguiente, no hay "0", pero si existe el "NP" de "no presentado" para las pruebas extraordinarias.
SENECA nos impide cumplir la ley.
(Chapuzita pa arreglarlo: nosotros hemos puesto un cero tan sólo a los que no se han presentado, y hemos puesto un cartelón aclarandolo)
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